Delegación Presidencial Regional de
Tarapacá
2 de Julio de 2021

Programas

PROGRAMA ORASMI

Fondo destinado a otorgar apoyo económico a personas naturales, que se encuentren en situación o condición de vulnerabilidad social, carentes de recursos o con necesidad manifiesta. No se entrega aporte en dinero a las personas de manera directa.

Requisitos:  Podrán efectuarse con cargo a fondo ORASMI prestaciones correspondientes al ámbito de salud, vivienda y habitabilidad, educación, asistencia social, emprendimiento y capacitación laboral y discapacidad.

Precariedad económica o necesidad manifiesta de la persona o grupo familiar solicitante, acreditada por Informe Social de la Municipalidades según comuna a que corresponda.

Documentos: La documentación requerida de respaldo dependerá del área en donde se realice la solicitud que se requiere.
Informe Social, adjuntando documentación según solicitud requerida

Dónde se solicita: Las solicitudes se pueden realizar en dependencias de la Delegación Presidencial Regional, también en los Departamentos Sociales de las municipalidades o servicios públicos encargados de satisfacer necesidades colectivas, siendo estas enviadas al Departamento Social de la Delegación Presidencial para su evaluación.

Encargada de Acción Social de la Delegación Presidencial Regional: Nilse Ramírez Ramírez, asistente social,  nramirez@interior.gob.cl  fono: 572 373241, Avenida Arturo Prat N° 1099, primer piso, Iquique.

SUBSIDIO DE DISCAPACIDAD MENTAL

El subsidio de discapacidad mental (SDM) para personas menores de 18 años es un aporte monetario mensual de $73.282, a partir de enero de 2021, que se entrega a todos aquellos menores en situación de discapacidad mental que no tengan previsión y que sean de escasos recursos.

Este se reajustará automáticamente, el 1 de enero de cada año, en el 100% de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de los últimos 12 meses, contados desde el último reajuste.

Además del dinero en sí mismo, la entrega del beneficio da derecho a los menores a recibir atención médica gratuita en consultorios y hospitales del Servicio Nacional de Salud.

Beneficiarios: Personas menores de 18 años en situación de discapacidad mental y que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que estén dentro del 20% más vulnerable de la población, según la clasificación socioeconómica del Registro Social de Hogares. Se entiende como vulnerables las persona que no tenga ingresos propios o, de tenerlos, ellos sean inferiores al cincuenta por ciento de la pensión mínima, establecida en el inciso segundo del artículo 26 de la Ley N°15.386 ($73.282,64 mensuales a contar del 1° de diciembre de 2020), y siempre que, además, en ambos casos, el promedio de los ingresos de su núcleo familiar, si los hubiera, sea también inferior a dicho porcentaje. Se presume que una persona tiene recursos propios, cuando su nivel de vida es manifiestamente superior al que le correspondería con un ingreso inferior al 50% de la pensión mínima mencionada.
  • Que tengan residencia continua en el país de, a lo menos, tres años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Resolución aprobada por la Comisión de Medicina Preventiva de Invalidez (COMPIN).
  • Que no tengan previsión social, ni tampoco que estén recibiendo algún tipo de subsidio.

Importante: el beneficio debe ser solicitado por los padres o por la persona que tenga a cargo al menor.

Dónde solicitarlo:  Los postulantes al beneficio deben solicitarlo ante la municipalidad correspondiente a su domicilio, la que verifica el cumplimiento de los requisitos y remite posteriormente la postulación a la Delegación Presidencial Región de Tarapacá, quien otorga el beneficio.

Extinción del Beneficio:

-Por fallecimiento del beneficiario
-Por dejar de cumplir los requisitos exigidos para su otorgamiento
-Por no cobro durante un periodo continuo de 6 meses
-Por renuncia
-Por no proporcionar los antecedentes, en relación con el beneficio, que requiera el Delegado Presidencial o la entidad pagadora

Encargado de la Delegación Presidencial Regional: Francisco Gordillo Castillo, fgordillo@interior.gob.cl, fono 57-2373211. Avenida Arturo Prat N°1099, primer piso, Iquique

FONDO SOCIAL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA


Permite a organismos públicos o privados sin fines de lucro financiar proyectos sociales de equipamiento que apoyen y complementen las políticas de inversión social del Gobierno, referidos a:

• Fomento a la vida comunitaria y creación de tejido social: destinados a actividades sociales que fortalezcan los espacios y oportunidades para la vida comunitaria en cada barrio y su entorno (juntas de vecinos, centros de madres, clubes sociales, y clubes deportivos o de adultos mayores, por ejemplo).
• Acción social: deben ser presentados por entidades que tengan como objetivo mejorar la calidad de vida población que se encuentre en situación de pobreza o vulnerabilidad, y que presenten propuestas que potencien o complementen su labor permanente.

Detalles
El fondo se canaliza a través de dos modalidades:

1. Fondes (fondos desconcentrados): financia proyectos que se postulan en las Delegaciones Presidenciales, siendo el fondo social el que los evalúa y aprueba.
2. Fondo nacional: financia proyectos que se tramitan ante el fondo social (nivel central), el que los evalúa y aprueba.
Tipos de proyectos y montos, modalidad desconcentrada:
• Proyectos de equipamiento e implementación comunitaria: destinados a la adquisición o acceso a un bien mueble para la realización de una actividad determinada, que contribuya a mejorar el bienestar material y/o social de los beneficiarios del proyecto.
• Los montos a postular tendrán un mínimo de $500 mil y un máximo de $2 millones (plazo máximo de ejecución: tres meses).

Beneficiarios
Organismos públicos o privados sin fines de lucro, que cumplan los siguientes requisitos:
• Poseer personalidad jurídica vigente.
• No tener saldos pendientes por rendir con el Fondo Social.

Documentos requeridos
• Formulario de postulación.
• Línea de financiamiento y monto establecido en las bases.
• Declaración jurada simple en formato Fondo Social del año de postulación.
• Certificado de vigencia personalidad jurídica y directorio.
• Fotocopia de la cédula de identidad vigente del representante legal de la organización.
• Fotocopia simple del RUT de la organización que postula.
• Presupuestos o cotizaciones.
• Acreditación del lugar de funcionamiento.

Dónde se postula
Los proyectos se postulan en la Unidad del Fondo Social Presidente de la República de la Delegación Presidencial Regional, Avenida Arturo Prat N°1099, tercer piso, oficina 307

Encargada de la Delegación Presidencial Regional: Nilse Ramírez Ramírez  nramirez@interior.gob.cl, 57-2373241. Avenida Arturo Prat N°1099, primer piso, Iquique

GOBIERNO EN TERRENO

El programa Gobierno en Terreno es una herramienta para acercar las necesidades de las personas de nuestro territorio a los servicios públicos del Estado. De la misma manera, quiere instalarse como una instancia de participación ciudadana, donde sea posible comunicar a las personas las distintas medidas que está aplicando el Gobierno, y también realizar consultas que sirvan para realizar el levantamiento de necesidades que existen en las comunidades.
Este programa se basa en el modelo de comunicación institucional pro-ciudadanía, promoviendo el ejercicio del derecho de acceder a la información, tanto por parte de las personas, por medio de una respuesta oportuna, certera y eficaz, como por parte de las instituciones y servicios públicos.

COMITE TECNICO ASESOR

El Comité Técnico Asesor (CTA) es el espacio de coordinación Intersectorial de los servicios públicos presentes en la provincia.
Su objetivo es definir metas articuladamente para responder a las necesidades locales y avanzar hacia un desarrollo provincial.

El propósito de este comité es generar complementariedad entre distintos servicios públicos que participan en proyectos comunes. Es así como a partir de cada CTA se generan subcomités de trabajo por áreas de interés que permiten agilizar y coordinar de mejor manera la participación de estos servicios.

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